La Junta fija la indemnización a los agricultores afectados por el virus rugoso del tomate

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden por la que se establecen los requisitos para acceder a las indemnizaciones por haber tenido que destruir cultivos ante la presencia de Tomato brown rugose fruit virus (ToBRFV), conocido como el virus rugoso del tomate.

Este organismo nocivo incide especialmente en los cultivos de tomate y pimiento, cuyo cultivo bajo abrigo tiene un gran peso en Andalucía y, sobre todo, en las provincias de Almería y Granada.

Además de las condiciones para percibir las subvenciones, el BOJA recoge también los baremos para realizar el cálculo de las ayudas dirigidas a compensar las pérdidas sufridas por los agricultores. En concreto, las indemnizaciones se refieren tanto a los gastos del proceso de eliminación del material vegetal de los invernaderos (hasta 7.000 euros por hectárea) como al valor de la producción destruida (0,38 euros por kilogramo de tomate) o no recolectada.

En este último caso, los técnicos de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura son los encargados de cuantificar las pérdidas a través de su visita a las explotaciones. La cuantía que corresponde a cada finca se establece en base a una producción máxima de 13 Kg/m²  para cultivos de tomate de invernadero de ciclo largo y de 8 Kg/m² para ciclos cortos.

El virus rugoso del tomate es un nuevo organismo nocivo identificado por primera vez en Jordania en 2015 y que posteriormente se ha detectado en Estados Unidos, México, Turquía y China. También se había registrado su presencia en Europa, concretamente, en Italia, Grecia, Reino Unido, Alemania y Holanda. En España, la primera detección se produjo en 2019.

El análisis de riesgo de la plaga realizado en Italia demostró que los efectos que puede ocasionar este organismo nocivo podrían suponer un importante problema fitosanitario para la Unión Europea (UE) y en particular para la producción de tomate y pimiento.

Por esta razón, la Comisión Europea publicó el año pasado una Decisión de Ejecución con medidas de emergencia para evitar la introducción y propagación de este virus en la UE. Entre otras consideraciones, esta regulación comunitaria establece la necesidad de que los Estados miembros realicen prospecciones encaminadas a detectar la posible presencia de este organismo nocivo. Además, se incluye la obligatoriedad de verificar que el material destinado a plantación de tomate y pimiento se encuentra libre del ToBRFV y de contar con pasaporte fitosanitario para su movimiento.

Ante la detección del virus en el término municipal de Vícar (Almería) en noviembre de 2019, la Junta de Andalucía estableció las medidas de control a adoptar en la Comunidad Autónoma, entre las que se encuentra la destrucción de los cultivos afectados.

Fuente: Consejería de Agricultura