Nuevas medidas de la Comisión contra Xylella fastidiosa

 La Comisión Europea, con el fin de contener la expansión de Xylella fastidiosa y evitar la posible introducción desde países terceros donde X. fastidiosase encuentra presente, publicó el pasado 21 de mayo de 2015, la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 18 de mayo de 2015 sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión de Xylella fastidiosa (Wells et al.), y que viene a sustituir la anterior de julio de 2014, los principales cambios frente a las anteriores Decisiones son:

 – La prohibición de la introducción de plantas de café originarios de Costa Rica y Honduras.

– La inclusión de nuevas especies sensibles, “vegetales especificados” (Anexo I de la Decisión de la Comisión 2015/789/UE) que deben ser objeto de control por los Organismos Oficiales.

– Modificaciones en el establecimiento de zona demarcada y de las medidas de contención en caso de detección de la bacteria.
Regulación para la circulación de los vegetales especificados dentro de la Unión, especialmente si proceden de un area demarcada.
– La obligación de llevar la trazabilidad del movimiento del material vegetal procedente de una zona demarcada, mediante el registro de los lotes suministrados y recibidos por el operador profesional.
– Regulación para la introducción en la UE de los vegetales especificados originarios de terceros países.

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