UPA Andalucía califica de incongruente e injusta la reducción de módulos fiscales en Andalucía

UPA Andalucía ha hecho análisis de la Orden de rebaja de módulos del IRPF para actividades agrícolas y ganaderas del ejercicio 2016, la cual debería de recoger las circunstancias excepcionales que se produjeron durante el pasado año como son los incendios,  inundaciones, sequía y  heladas entre otras. La realidad es bien distinta ya que aunque da amparo a circunstancias importantes acontecidas durante el año 2016, UPA Andalucía ha señalado que se deja atrás incomprensiblemente importantes sectores que o habían sido solicitados su inclusión previamente desde la organización agraria o bien la reducción no atiende a las necesidades de diversos sectores agrarios.

La Orden ministerial incluye rebajas de módulos con carácter horizontal en todas las CC.AA. para la apicultura (de 0,26 a 0,18), bovino de leche (de 0,20 a 0,16),  bovino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), bovino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18), cunicultura (de 0,13 a 0,07), ovino y caprino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), ovino y caprino de leche extensivo (de 0,26 a 0,18), porcino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), porcino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18), cereales (de 0,26 a 0,18) y productos hortícolas (tomate) de 0,26 a 0,18. Hay que resaltar que la mayor parte de las minoraciones se establecen para dar respuesta a la sequía que afectó principalmente al Sureste peninsular y a amplias zonas del interior, reduciéndose el módulo de las producciones ganaderas extensivas para compensar la menor disponibilidad de pastos.

En referencia a los cultivos, se ha reducido el módulo de cereales a nivel nacional para tener en cuenta la situación del precio de los cereales, reduciendo su índice de rendimiento neto a nivel nacional, e igualmente se reduce el módulo del cultivo del tomate. Sin embargo desde UPA Andalucía han criticado duramente la Orden de reducción de módulos del Ministerio de Hacienda, porque no contempla la realidad sufrida durante el pasado año por el campo andaluz, calificándola de incongruente e injusta. Aunque esta mejora tributaria era absolutamente necesaria y tendrá efectos positivos para aquellos agricultores y ganaderos que “por el momento” se incluyen en la Orden, muchos otros se han quedado fuera, produciendo agravios comparativos entre agricultores y ganaderos y discriminando territorios sin ningún criterio lógico aparente.

Además, la rebaja fiscal del Gobierno establece diferencias en los módulos entre agricultores de pueblos vecinos que tienen la misma orientación productiva y han sufrido pérdidas de ingresos por las mismas causas, estableciendo por lo tanto una disparidad en la tributación que provoca pérdida de competitividad entre los propios agricultores de pueblos cercanos que cultivan el mismo producto. Por citar sólo algunos sectores y términos municipales de gran peso agrícola que se han visto marginados de la rebaja de módulos aplicada a determinados cultivos, no teniendo en cuenta las aportaciones del sector agrario andaluz en muchos casos y de entidades como UPA Andalucía, cabe destacar el sector del olivar, el hortícola, los frutos secos, los subtropicales y el sector de la ganadería extensiva.

El sector olivarero queda recogido actualmente en la Orden solo en algunos términos municipales de Jaén, Almería y Granada, que aunque sí que es cierto que son lugares donde existen pérdidas, son pocos territorios los que se contemplan dado el daño tan extendido que hubo en Andalucía la pasada campaña. En Jaén, por ejemplo, solo se contemplan lo términos de Arroyo de Ojanco, Beas de Segura, Puente de Génave y Villanueva del Arzobispo. La falta de precipitaciones de 2016 ha provocado menos rendimiento graso y por lo tanto de rendimientos de forma generalizada y no solo en estos municipios, por lo que se debería de haber concedido una reducción fiscal de 0,26 al 0,16 tal y como solicitaban desde UPA Andalucía.

El sector hortícola tampoco se ha compensado debidamente en todos los lugares que se solicitaban por UPA. El tomate sí se ha concedido una reducción para toda España, pero las principales provincias productoras de calabacín, berenjena, pepino y pimiento han sido las más perjudicadas. Un ejemplo de ello es la comarca del Poniente Almeriense, que han tenido importantes circunstancias excepcionales por virosis (calabacín), precios (calabacín, berenjena y pepino) y falta de cuaje (pimiento), y no han sido compensadas convenientemente con una reducción fiscal. Toda la producción de hortícolas de estos cultivos debería de tener por lo tanto una reducción de módulos que se sitúe en el 0,18, según indican desde UPA Andalucía.

Las reducciones para el sector de los frutos secos son muy selectivas y aisladas, publicando reducciones en localidades donde hay poco almendro como en el municipio de Velefique. Simplemente hay que atender a la subida del precio de la almendra en la campaña 2016 para comprender que la producción ha sido mínima y que por lo tanto ha habido grandes pérdidas de producción por sequía, más acusada a medida que nos acercamos a las provincias más situadas al este de Andalucía. Otra reducción de módulos exigida por UPA y que sorprendentemente ni tan siquiera aparece en la Orden son los daños por golpe de calor en cultivos tropicales y subtropicales de las provincias de Málaga y Granada. Ni que decir tiene que debería de contemplarse una reducción fiscal para este sector y que UPA exigió que se situase en el 0,20.

El sector de la ganadería extensiva también esperaba no obstante una rebaja adicional a la publicada debido a la sequía extrema que han afectado a todos los ganaderos andaluces. Para todo el sector ganadero de extensivo, desde UPA Andalucía solicitaron una reducción de módulos que se situase en el 0,06. Por todo ello, desde UPA Andalucía han exigido al ministro Montoro la rectificación y que se publique una modificación de la Orden con carácter inmediato, en la que se incluyan todos los términos municipales y localidades andaluces que se han visto excluidos y por lo tanto discriminados injustamente.

Ver texto completo de la Orden HFP/377/2017, de 28 de abril (ver texto),  por la que se reducen para el periodo impositivo 2016 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre Renta de las Personas Físicas, para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales en determinadas zonas geográficas.