El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación adelanta al 1 de marzo el inicio de la pesquería de la sardina ibérica en el Golfo de Cádiz

Esta medida se ha adoptado a petición del sector, que había solicitado un adelanto en esta pesquería para que coincidiera, en la medida de lo posible, con la apertura de la pesquería del boquerón

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy, en el Boletín Oficial del Estado, sendas resoluciones para la ordenación de la pesquería de la sardina (sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8C y 9A para 2024, en base al acuerdo de gestión entre España y Portugal y la recomendación científica del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES, por sus siglas en inglés).

El ministerio ha establecido la posibilidad de abrir la pesquería de la sardina en fechas diferentes en el Cantábrico y Noroeste y en el Golfo de Cádiz, respetando la parada temporal obligatoria de tres meses consecutivos para la recuperación de esta especie. Para esta campaña, la flota de cerco del Golfo de Cádiz podrá iniciar la pesquería de la sardina ibérica mañana viernes, 1 de marzo, lo que supone un adelanto de casi veinte días con respecto a la fecha de la campaña anterior.

Esta decisión, que se ha adoptado siguiendo la mejor información científica disponible para la protección del recurso, se ha adoptado a petición del sector, que había solicitado un adelanto en esta pesquería para que coincidiera, en la medida de lo posible, con la apertura de la pesquería del boquerón, tras la finalización de la parada obligatoria que debía cumplir el cerco en el Golfo de Cádiz, establecida en el Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional en esta zona. Esta medida contribuye a mejorar la gestión empresarial y la viabilidad socioeconómica de esta flota.

Asimismo, para 2024 se fija en 14.890,75 toneladas el limite de capturas de sardina ibérica que puede capturar la flota española. Esta cantidad se ha establecido en base al acuerdo alcanzado entre España y Portugal, que limita el máximo de capturas en 44.450 toneladas entre ambos países, con una reducción de más de 12.000 toneladas respecto a la campaña anterior. Para adoptar esta medida se ha tenido en cuenta la recomendación científica y el enfoque precautorio de la regla de explotación para la sardina ibérica evaluada por ICES.

  • El límite máximo de capturas de sardina ibérica para la campaña 2024 es de 14.890,75 toneladas que se distribuye entre la flota de cerco del Golfo de Cádiz; la flota de cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste y la flota de xeito

De la cantidad asignada a España, 6.166.695 kilos corresponden a los buques de cerco del Golfo de Cádiz, cantidad que se distribuye individualmente por posibilidades de pesca a los barcos de dicho censo. Otros 8.317.392 kilos corresponden a los buques de cerco en el Cantábrico y Noroeste, así como a aquellos barcos que utilicen artes altamente selectivas, como el racú y la piobardeira.

Y 406.663 kilos distribuidos entre los buques que utilicen artes de xeito. Un año más, y por sus especiales características, la flota que utiliza el arte de xeito podrá realizar la pesquería de la sardina ibérica a lo largo de toda la campaña, hasta el agotamiento de la cuota que tenga asignada.

En próximas fechas se publicará la resolución que dará inicio de la pesquería de sardina ibérica en el Cantábrico y Noroeste, que establecerá así mismo los oportunos topes de captura y desembarque para una mejor gestión y disponibilidad del recurso a lo largo de la campaña.

Por otro lado, el ministerio también ha publicado hoy en el BOE una resolución que establece el censo del arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias. Esta regulación indica, para cada uno de los barcos, las zonas donde están autorizados a faenar con este arte, así como el porcentaje de posibilidades de pesca en los caladeros para los que dispongan de derecho de acceso sometidos a totales admisibles de capturas (TACs) y cuotas.

Las distintas resoluciones se pueden consultar en los siguientes enlaces:

Disposición 3919 del BOE núm. 53 de 2024

Disposición 3920 del BOE núm. 53 de 2024

Disposición 3917 del BOE núm. 53 de 2024

Fuente: Ministerio de Agricultura