El Gobierno autoriza el nuevo plan de seguros agrarios para 2025 dotado con 315 millones de euros, el 10,7 % más que el anterior
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación refuerza su apoyo a los productores agrarios, con especial intensidad en el caso de jóvenes, agricultores profesionales, explotaciones prioritarias y entidades asociativas

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el cuadragésimo sexto Plan de Seguros Agrarios Combinado, dotado con 315 millones de euros, para subvencionar el pago de las pólizas suscritas a lo largo de 2025. Esta cantidad supone un incremento del 10,7 % con respecto a 2024, cuando se destinaron 284,5 millones de euros.
Con este nuevo presupuesto se recuperan los niveles alcanzados en 2023, año en el que se aprobó una dotación extraordinaria para paliar las repercusiones de la guerra de Ucrania y una situación excepcional de sequía.
El plan recoge la dotación económica y los porcentajes de subvención aplicados en cada una de las líneas. Además, el nuevo plan consolida el sistema dual de subvenciones a través del cual se logra una diferenciación positiva a favor de los colectivos prioritarios en el sector agrario. De esta forma, los agricultores profesionales y los titulares de explotaciones prioritarias quedan exentos de la modulación de la ayuda y se unen a los agricultores jóvenes y a las entidades asociativas, que ya estaban exentos de la modulación en el plan 2024, como colectivos clave.
Asimismo, los profesionales agrarios tendrán la garantía de percibir una subvención estatal mínima del 45 % sobre el coste de la prima subvencionable cuando contraten el módulo 3, que alcanzará el 50 % cuando se opte por contratar el módulo 2, el más completo y, a la vez, el más elegido por los asegurados.
Respecto al módulo 1, que ya cuenta con una subvención del 65 %, los asegurados podrán recibir hasta el 70 % (el máximo nivel de ayuda que permite la normativa comunitaria), con un ligero complemento de la subvención por parte de las comunidades autónomas.
COMPROMISO DEL GOBIERNO CON EL ACUERDO DE 43 MEDIDAS
Con la aprobación del 46º Plan de Seguros Agrarios Combinados se cumplen dos de las 43 medidas de apoyo comprometidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el pasado mes de abril, para mejorar la situación de agricultores y ganaderos.
Además de aumentar el apoyo al seguro agrario, especialmente entre los colectivos prioritarios del sector, el plan incluye las actuaciones a realizar por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) para la revisión y el perfeccionamiento de las líneas de seguros, así como la realización de diversos estudios sobre nuevas coberturas en futuros planes de seguros para dar respuesta a las necesidades de los productores agrarios.
Con este refuerzo de los seguros agrarios, el Gobierno pone de manifiesto su apoyo a un sistema necesario para que el sector agrario pueda gestionar los riesgos que escapan a su control, en especial en el actual contexto de cambio climático.
La agilidad del sistema, que permite a los productores recibir las correspondientes indemnizaciones en un tiempo inferior a los 30 días de media, contribuye de manera decisiva a la viabilidad de las explotaciones agrarias.
El Gobierno flexibiliza la normativa sobre la identificación de animales y relativa al veterinario de explotación en las granjas
La figura de ganadero de explotación tendrá carácter voluntario

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un real decreto que modifica distintas disposiciones sobre la actividad ganadera. Entre otras modificaciones, se introducen algunos compromisos adquiridos por el Gobierno incluidos en las 43 medidas para mejorar la situación de agricultores y ganaderos, como el aplazamiento de las fechas para la identificación electrónica del ganado bovino y de la aplicación del plan sanitario integral de las explotaciones.
El real decreto aprobado introduce modificaciones en la regulación sobre el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, con el fin de introducir las mencionadas medidas de flexibilización, en algunos casos, o en aras de la claridad y con el propósito de mejorar su eficacia y mantener la coherencia con el marco europeo y con la normativa nacional correspondiente, entre otros.
La introducción de la identificación electrónica en el bovino se aplaza hasta el 25 de junio de 2025, al objeto de que los ganaderos tengan tiempo suficiente para la adaptación a este sistema. Todos los animales nacidos a partir de esa fecha deberán tener la identificación electrónica.
- El aplazamiento de las fechas de aplicación del sistema de identificación electrónica para el ganado bovino y del plan sanitario integral forman parte de las 43 medidas del Gobierno para mejorar la situación de agricultores y ganaderos
También se aplaza, en este caso hasta el 1 de junio de 2025, la obligatoriedad de que las explotaciones ganaderas comerciales dispongan de un plan sanitario integral. Además, la figura del veterinario de explotación tendrá carácter voluntario, aunque se mantiene la obligatoriedad de las visitas zoosanitarias obligatorias.
El real decreto aprobado hoy clarifica distintos aspectos relativos a la movilidad de los animales en las explotaciones y el acceso a un ambiente exterior.
Con la aprobación de estas modificaciones normativas, el Gobierno da cumplimiento a tres de las 43 medidas acordadas con las organizaciones agrarias Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y Unión de Uniones en respuesta a las movilizaciones protagonizadas por agricultores y ganaderos en los primeros meses del año.
El Gobierno mejora la aplicación del sistema de autorizaciones de viñedo
La modificación del real decreto por el que se regula el potencial de producción vitícola también simplifica el procedimiento para autorizar variedades de uva de vinificación y de portainjertos

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado hoy la modificación de la norma que regula potencial de producción vitícola para mejorar la aplicación del sistema de autorizaciones de viñedo, además de simplificar los requisitos para autorizar variedades de uvas de vinificación.
De esta forma, y en base a la experiencia obtenida, se modifican los plazos y los datos de referencia para las comprobaciones del criterio de prioridad de pequeña y mediana explotación vitícola con el fin de reducir la carga administrativa en las autorizaciones de viñedo.
Gracias a esta norma se clarifican los requisitos de los ensayos requeridos para clasificar como autorizadas las variedades de uva para producir vino en una comunidad autónoma, se elimina la categoría de portainjertos recomendados y se actualiza la lista de variedades de uva de vinificación autorizadas en España.
Además, el nuevo texto, que desarrolla las disposiciones comunitarias en la materia, contiene un anexo con la información mínima que los registros vitícolas deben administrar para facilitar su interoperabilidad con el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas (SIEX).
Fuente: Ministerio de Agricultura