La Comisión Europea propone la revisión de las normas de comercialización vigentes aplicables a varios productos agroalimentarios

La Comisión Europea ha propuesto que se revisen las normas de comercialización vigentes aplicables a varios productos agroalimentarios, por ejemplo, frutas y hortalizas, zumos y confituras de frutas, miel, aves de corral y huevos.

Las revisiones propuestas deberían ayudar a los consumidores a optar con mayor conocimiento de causa por una dieta más sana y contribuir a evitar el desperdicio de alimentos.

La Comisión ha presentado, entre otras, las propuestas siguientes:

  • Etiquetado del origen: Normas de etiquetado del origen más claras y obligatorias para la miel, los frutos de cáscara y los frutos secos, los plátanos maduros, y las frutas y hortalizas acondicionadas, transformadas y cortadas (por ejemplos, las hojas de ensalada envasadas). El país, o los países de origen en el caso de mezclas, deberán figurar en la etiqueta. La inclusión de los países de origen aumentará la transparencia para los consumidores. También debería servir para promover la producción de estas mercancías en la UE.
  • Desperdicio de alimentos: Las revisiones propuestas afrontan la cuestión de los residuos alimentarios y los residuos de envases. Por ejemplo, las frutas y hortalizas «feas» (con defectos externos, pero aptas para el consumo local o directo) vendidas a nivel local y directamente por los productores a los consumidores quedarán exentas del cumplimiento de las normas de comercialización. Su valorización en su estado «fresco» podría ofrecer a los consumidores más oportunidades de comprar frutas y hortalizas frescas a precios más asequibles y redundar en beneficio de los productores de las cadenas de distribución cortas. Algunos productos afectados por catástrofes naturales u otras circunstancias excepcionales también podrían venderse si su consumo es seguro.
  • Envasado: Los productos destinados a la donación podrán quedar exentos de los principales requisitos de etiquetado. Así se reducirán la burocracia y las etiquetas y, por lo tanto, se facilitarán los compromisos de los operadores en materia de donaciones.
  • Zumos de frutas: Los zumos de frutas podrán llevar la mención «sin azúcares añadidos» para aclarar que, a diferencia de los néctares de fruta, los zumos de frutas no pueden, por definición, contener azúcares añadidos, una característica que la mayoría de los consumidores no conoce. Además, para hacer frente a la creciente demanda por parte de los consumidores de productos con menor contenido de azúcar, un zumo de frutas reformulado podría indicar en su etiqueta «zumo de frutas con azúcar reducido». Para simplificar aún más y adaptarse a los gustos de los consumidores, el término «agua de coco» podrá utilizarse ahora, además del de «zumo de coco».
  • Confituras y «marmalades»: El contenido de fruta de las confituras pasará de 350 gramos a 450 gramos como mínimo (a 550 gramos en el caso de aquellas de calidad extra) por kilo de producto acabado. Gracias al aumento generalizado del contenido de fruta, se ofrecerá a los consumidores productos con menos azúcares libres y más fruta que ahora. El término «marmalade», autorizado hasta ahora únicamente para las confituras de cítricos, se permitirá ahora para todas las confituras a fin de introducir la posibilidad de adaptar la denominación del producto a la que se utilice localmente en mayor medida.
  • Huevos: Los paneles solares podrán utilizarse ahora en zonas al aire libre utilizadas en sistemas de producción campera de huevos. Esto estimulará un mayor suministro de energía procedente de fuentes renovables. El marcado de los huevos también se realizará directamente en la explotación, lo que mejorará la trazabilidad.

Más información: Comisión Europea

Fuente: Centro de Documentación Europea de Almería